Servicios Fuera de la Provincia

Las derivaciones médicas FUERA DE LA PROVINCIA es un servicio que pueden solicitar ÚNICAMENTE los AFILIADOS TITULARES y/o FAMILIARES A CARGO OBLIGATORIOS, JUBILADOS y/o PENSIONADOS.

 

  • Para iniciar los trámites deben presentar:
  1. Derivación del médico especialista según PATOLOGÍA.
  2. Últimos estudios efectuados que JUSTIFIQUEN LA PATOLOGÍA.
  3. Planilla de AUTORIZACIÓN DESCUENTOS POR PLANILLAS DOSEP.

Esta documentación debe presentarse en la oficina del ÁREA DERIVACIONES en el 1.º Piso del edificio de DOSEP, sito en calle Ayacucho y Chacabuco de esta ciudad. Ahí será evaluado por el MÉDICO AUDITOR y AUTORIZARA o NO la derivación solicitada, y se les entregará al afiliado, las CARTAS DE DERIVACIONES pertinentes. Si la DERIVACIÓN es por PATOLOGÍA ONCOLÓGICA se deberá presentar la DERIVACIÓN efectuada por el CENTRO ONCOLÓGICO PROVINCIAL más fotocopia del resultado de la BIOPSIA correspondiente.

 

En caso de las DERIVACIONES DE URGENCIAS, deberá comenzarse a través de la COMUNICACIÓN DIRECTA entre el médico tratante en el Hospital, Clínica y/o Sanatorio donde se encuentre internado el paciente afiliado a derivar con el médico del Hospital, Clínica y/o Sanatorio que recibirá al paciente. Si es necesario efectuar el TRASLADO en ambulancia y/ u otro medio, el médico derivante deberá indicar qué condiciones deberá reunir dicho medio de traslado, (con médico, enfermera, oxígeno, etc.).

La persona responsable del PACIENTE DERIVADO deberá presentar toda la documentación por esta Área con la AUTORIZACIÓN de DESCUENTOS POR PLANILLA DOSEP.

Es MUY IMPORTANTE que el afiliado sepa que las DERIVACIONES se EFECTUARÁN SOLO A CENTROS MÉDICOS, CLÍNICAS Y/O SANATORIOS que tengan CONVENIOS con esta Obra Social, o por medio de los CONVENIOS INTERPROVINCIALES firmados con otras Obras Sociales Provinciales.